- Inspectores federal de la PROFEPA retuvieron a un venado cola, pavo ocelado y dos iguanas; estas dos últimas especies bajo categoría de riesgo según la NOM-059-SEMARNAT-2010.
El pasado 6 de abril, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 4 ejemplares de vida silvestre en los municipios de Homun, Hui, Sotuta, Tecoh, Sierra Papacal, Yucatán. Esté aseguramiento se llevó a cabo, cuando inspectores de PROFEPA realizaban un operativo vecinal, donde detectaron el transporte de ejemplares de vida silvestre; venado cola (Odocoileus virginianus), pavo ocelado (Meleagris ocelata) y dos iguanas (Ctenosaura similis); estas dos últimas especies bajo categoría de riesgo según la NOM-059-SEMARNAT-2010.
Asimismo, se llevó a cabo también la detención de nueve cazadores, a quienes se les aseguró nueve armas de fuego, 9 bicicletas, una moto y 82 cartuchos útiles de diversos calibres. Por lo que se puso a disposición del Ministerio Público Federal a 9 personas involucradas en la caza furtiva.
Con estas acciones la PROFEPA da atención a 12 denuncias que se han recibido en la Delegación Yucatán por la caza indiscriminada de especies de vida silvestre, en especial de venado cola blanca en todo el territorio del estado.
La PROFEPA implementa operativos en los días de mayor incidencia de caza los cuales son sábados y domingos, para esto se mantiene coordinación permanente entre los mandos de la PROFEPA y los mandos de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado con quienes operativamente se tiene una alianza de cooperación que permite operaciones conjuntas.
En base a la Ley General de Vida Silvestre, son infracciones poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia o en contravención a las disposiciones para su manejo establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, estableciendo una multa de 50 a 50,000 veces el salario mínimo vigente.
El tráfico ilegal de ejemplares, partes y derivados de flora y fauna silvestres, es un delito grave de conformidad con el artículo 420 fracciones IV y V del Código Penal Federal, que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, y se aplica una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo afecten un área natural protegida o cuando se realice con fines comerciales.




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